Decreto Nº 1768 P.E.N.(B.O. Nº 32.763 del 2013-11-12)
Establécense días feriados con fines turísticos.. Esta norma dispone como días feriados con fines turísticos, las siguientes fechas:
AÑO 2014: 2 de Mayo y 26 de Diciembre.
AÑO 2015: 23 de Marzo y 7 de Diciembre.
AÑO 2016: 8 de Julio y 9 de Diciembre. >
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Ley Nº 26837 P.L.N.(B.O. Nº 32.563 del 2013-01-16)
Desígnase el día 20 de febrero de 2013, Día de la Batalla de Salta, como feriado extraordinario en todo el territorio nacional.. Por medio de la presente norma se designa el día 20 de febrero de 2013, Día de la Batalla de Salta, como feriado extraordinario en todo el territorio nacional. >
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¿El dia 24/12 es feriado nacional como el dia 25/12 y se liquida como feriado nacional?
¿Qué ocurre con el dia 31/12 es laborable?
El día 24/12/2012 fue declarado feriado puente y tiene el carácter de feriado nacional, igual que el 25/12.
Hasta ahora sobre el día 31/12/2012 no hay ninguna informacion oficial (es decir, es laborable). >
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Ley Nº 26763 P.L.N.(B.O. Nº 32.478 del 2012-09-11)
Se establece por única vez feriado nacional en conmemoración del bicentenario de la Batalla de Tucumán.. Por medio de la presente norma se establece por única vez feriado nacional el día 24 de septiembre de 2012 en todo el territorio de la Nación, en conmemoración del bicentenario de la Batalla de Tucumán. >
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Desígnese el día del Bicentenario de la
Creación y Primera Jura de la Bandera Argentina como Feriado Extraordinario. A través de la siguiente norma se designa el día 27 de febrero de 2012, día del Bicentenario de la creación y primera jura de la bandera argentina,
como feriado extraordinario en todo el territorio nacional.
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12 de septiembre de 2011
,por Roger, Sandra Cristina
¿El feriado del dia 20 de noviembre es trasladable?
El Decreto N° 1.584 en el artículo 2º establece que el feriado nacional del 20 de noviembre de 2011, será cumplido el cuarto lunes de ese mes. >
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El Poder Ejecutivo mediante la emisión del Decreto 1584/2010 (BO 03/11/2010) establece como días feriados nacionales y días no laborables en todo el territorio de la Nación los siguientes:
Feriados nacionales
-* 1º de enero: Año Nuevo
-* 7 y 8 de Marzo de 2011 (Lunes y Martes) de Carnaval.
-* 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
-* 25 de marzo 2011: Feriado puente - Decreto 1585/2010
-* 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
-* 22 de abril 2011 - Viernes Santo
-* 1º de mayo: Día del... >
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1. NTRODUCCIÓN
Al momento de liquidar un día feriado nos atormentan las dudas de cómo se hace, consultamos al sindicato, al asesor, no estamos seguros, hay muchos criterios o hay un solo criterio, leemos la ley y no la llegamos a comprender, nos resulta oscura.
Los Convenios Colectivo de Trabajo de cada actividad o remiten a la Ley de Contrato de Trabajo o agregan un beneficio, pero se aclaran su forma de liquidación. En este trabajo vamos a recurrir a nuestra línea rectora que es la Ley de Contrato de Trabajo y a la palabra de varios doctrinarios, a partir de lo cual... >
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1. FERIADOS NACIONALES
Con motivo de conmemorarse el Bicentenario de la Revolución de Mayo el día 25 de mayo de 2010, por intermedio del Decreto Nº 615/2010 (B.O. del 04/05/2010) se estableció por única vez como feriado nacional el día 24 de mayo de 2010 en todo territorio de la Nación.
2. CONTRATO DE TRABAJO
Por intermedio de la Ley Nº 26.590 (B.O. del 05/05/2010) se modificó el artículo 124 de la Ley de Contrato de Trabajo, estableciendo que las remuneraciones de los trabajadores se deberán pagar en efectivo, cheque a la orden o mediante acreditación en cuenta a... >
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¿Cómo se liquida el sueldo cuando en el mes coincidieron dos feriados en el mismo día; como en el caso de abril de 2010 que coincidió el 2 de abril con el Viernes Santo?
Entendemos que es un solo día feriado, en el cual coincidió la conmemoración de dos fechas. Pero el día que el empleado no cumplió tareas fue uno solo. >
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¿Cómo se paga el feriado del 1º de mayo (empleado de comercio) si es trabajado? ¿Se debe pagar al 100%, no se puede trabajar o se paga el triple?
El día 1º de mayo es feriado nacional. Si el trabajador presta servicios cobra el mes completo más un día más dividido 25, correspondiente al feriado trabajado. >
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¿El feriado del 24 de marzo es no laborable? En caso de que la empresa haya trabajado y sea no laborable, ¿cómo se debe calcular y exponer ese día en el recibo de sueldo?
La Ley Nº 26.085 estableció que el día 24 de marzo es feriado nacional. Si la empresa trabajó dicho día, lo empleados cobran el sueldo normal (por 31 días) más un día que se abona como feriado (sueldo dividido 25 en el caso de trabajadores mensualizados). Si los trabajadores son jornalizados cobran las horas por día feriado y un día más al 100%. >
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¿El feriado del día jueves 02/04/2009 se traslada al lunes siguiente (05/04/2009)?
En virtud de la Ley Nº 26.110 (B.O. del 30/06/2006), el feriado nacional del 2 de abril “Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra en Malvinas” no se traslada.
Libro recomendado
[Administración y Liquidación de Sueldos y Jornales->http://datos.aplicacion.com.ar/ecommerce2/vidriera.asp?lib=987-1099-95-5] >
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A un empleado de comercio le corresponden 21 días de vacaciones y comenzó las mismas a partir del 22/12/2007. ¿Cómo se consideran los días feriados que se encuentran entre dichas fechas (del 22/12/2007 al 11/01/2008)? ¿Se consideran incluidos en la liquidación de las vacaciones o se liquidan en forma separada? ¿Cómo se liquidan las vacaciones?
Los días feriados que quedan dentro de las vacaciones, el empleado los pierde, es decir no los cobra.
La liquidación de las vacaciones se efectúa de la siguiente manera: Sueldo/25 días x Días de vacaciones según la antigüedad en... >
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El 24 de diciembre ¿Es laborable todo el día o es laborable solo medio día?
El 24 de diciembre es un día laborable normal. El empleador puede decidir trabajar medio día o dar el día como no laborablel ya que se celebra la Noche Buena. En este caso se liquida como un día normal de trabajo. >
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1. IMPUESTO A LAS GANANCIAS
El Decreto Nº 1.426/2008 modificó los montos previstos en el artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Consecuentemente, los montos de las deducciones por cargas de familia y de la deducción especial incrementada, para el período fiscal en curso son:
-*Mínimo no imponible: $ 9.000
-*Cargas de familia:
-**Cónyuge: $ 10.000
-**Hijo/a, hijastro/a menor de 24 años o incapacitado para el trabajo: $
5.000
-**Descendiente en línea recta (nieto/a, bisnieto/a) menor de 24 años o incapacitado para el trabajo; por cada ascendiente... >
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1. SEGURIDAD SOCIAL
A través de la Resolución General Nº 2340 (A.F.I.P.) (B.O. del 02/11/2007) se establecen las bases imponibles máximas, en concordancia con lo dispuesto por el Decreto Nº 1.346/2007, quedando las mismas de la siguiente manera:
| Concepto | Base imponible máxima $ | S.I.J.P. |
|Aportes al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, Ley Nº 24.241.|6.750 (*)|Remuneración 1|
|Aportes al Instituto de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley Nº 19.032.|4.800|Remuneración 5|
|Cuotas Ley de Riesgos del Trabajo, Ley Nº... >
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